EIA navegación: Canal del Dique

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Estudio de impacto ambiental de las actividades de dragado del Canal del Dique, Agosto, 1993. Elaborado por el Consorcio Carinsa–Incoplán Ltda., para el FONADE (Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo) y el Ministerio de Obras Públicas y Transporte[1] , [2] .

Resumen

El mantenimiento de la navegabilidad en el Canal del Dique reviste especial importancia para el transporte fluvial de productos de interés nacional y, junto con el mejoramiento de la navegabilidad en el río Magdalena, tramo Puerto Berrío-Barrancabermeja y tramo Barrancabermenja-La Gloria, hacen parte del Plan Maestro Nacional del Transporte, elaborado por el Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT) para implementar el proceso de apertura económica que ha querido destacar el presente gobierno [Gobierno de César Gaviria Trujillo, 1990-1994].

El Canal del Dique se deriva del río Magdalena en Calamar (km 91, tomando como km 0 a Barranquilla) y desemboca después de 115 km de recorrido por el sitio Pasacaballos, en la bahía de Cartagena; integra así al puerto y a la industria de Cartagena con el interior del país por una vía fluvial. Figuras 1. y 2. [no disponibles para la wiki por ahora; Lcgarcia 18:51 25 oct 2013 (CEST)]

El programa de mantenimiento de la vía contempla los dragados periódicos de los accesos al canal en Calamar y Pasacaballos en donde, por variación de las condiciones hidráulicas de flujo, se forman depósitos o barras de sedimentos que obstaculizan la navegación.

El proyecto de ingeniería fué desarrollado por la Dirección de Navegación y Puertos del MOPT a través de la Unidad de Estudios Fluviales-Buque Explorador (UEF-BEX). El estudio de impacto ambiental fué contratado por el MOPT-FONADE, con base en términos de referencia adaptados de los emitidos para el proyecto de mejoramiento de la navegabilidad en el río Magdalena, tramo Barrancabermeja-La Gloria, aprobados por el Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente (INDERENA)[3] . La interventoría estuvo a cargo de la Unidad Ambiental del MOPT, con la supervisión de un Comité integrado por FONADE, INDERENA y MOPT.

Dos aspectos deben destacarse del presente estudio de impacto ambiental:

  1. Por norma (Decreto 1541 de 1978 § 104), el MOPT no requiere licencia del INDERENA cuando ejecuta obras de dragado para el mantenimiento de vías fluviales. Sin embargo, dado que el proyecto actual exige dragados frente a islas del río para mantener acceso al canal, el MOPT tomó la decisión de evaluar los efectos ambientales del programa de mantenimiento.
  2. En desarrollo del estudio, el MOPT admitió las recomendaciones del consultor, en el sentido de incluir en el informe una evaluación ambiental preliminar del sistema fluvio-estuarino del Canal del Dique, habida consideración de los efectos negativos que, independientemente de la navegabilidad, produce la existencia del canal.

El desarrollo de la evaluación del proyecto de dragado comprende:

  1. el diagnóstico y análisis de los sistemas abiótico, biótico y antrópico que constituyen la oferta ambiental en la zona de influencia;
  2. la descripción de las actividades y procesos del proyecto que conforman la demanda ambiental;
  3. la evaluación de las interacciones entre los elementos ambientales vs. las actividades y procesos del proyecto, mediante una metodología desarrollada especificamente para este estudio;
  4. la jerarquización y evaluación de los efectos más deletéreos y, finalmente,
  5. el diseño de las estrategias de manejo para la mitigación de los mismos.

La evaluación ambiental preliminar del sistema Canal del Dique, parte de la descripción de los medios naturales y culturales asociados al canal, presentada en el capítulo oferta ambiental del sistema Canal del Dique. En los capítulos finales se presenta una primera aproximación a la demanda ambiental del sistema, al balance oferta-demanda, y se formulan recomendaciones para la evaluación detallada de la problemática y se sugieren alternativas de acción.

[Texto adaptado de capítulo 1. Introducción, del EIA] El texto completo del estudio, en versión pdf (820 kB), se encuentra aquí.

Apostillas

  1. ^ . El MOPT es denominadao actualmente (octubre, 2013) MInisterio de Transporte, al cual están adscritos varios entes planificadores y administrativos del sector de infraestructura de transporte: Agencia Nacional de Infraestructura, ANI, Instituto Nacional de Vías, INVIAS
  2. ^ . El plan de manejo complementario de esta evaluación no se ejecutó por cuanto las obras de mejoramiengto del canal navegable no fueron llevadads a cabo. Después de esta evaluación, Cardique, en cooperación con otras entidades realizaron estudios detallados en la cuenca del Canal del Dique (Cardique, et al., 2007). En la actualidad (marzo de 2016) el consorcio Haskoning-Gómez, Cajiao termina los estudios y adelanta las obras para el Proyecto de Restauración de Ecosistemas Degradados del Canal del Dique, financiado con recursos del Fondo Adaptación para Cormagdalena.
  3. ^  El INDERENA fue reemplazado en 1993 por el Ministerio del Medio Ambiente (actualmente Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible) con la promulgación de la Ley 99 de 1993. Las funciones de expedición y seguimiento de licencias y permisos ambientales de proyectos nacionales (Decreto 2820 de 2010) son actualmente (octubre 2013) responsabilidad de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, ANLA, creada por el Decreto 3573 de 2011.